Ayuda asociada a los frutos cáscara y las algarrobas. Importe unitario definitivo Campaña 2018

Esta ayuda asociada voluntaria, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los agricultores con plantaciones de almendro, avellano y algarrobo que cumplan los requisitos establecidos en la Sección 4ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.
El objetivo de esta ayuda es frenar el abandono que afecta a dichas especies, con el consiguiente problema social, medioambiental y económico que conllevaría.
Esta medida se desglosa a su vez en 2 sub-regímenes de ayuda, en función de la ubicación de las superficies, ya sea en la región peninsular o en la región insular, cada una con su correspondiente límite presupuestario tal y como queda reflejado en el Anexo II del citado Real Decreto.
España Peninsular
La dotación presupuestaria para la campaña 2018 queda establecida en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014 y asciende a 12.956.000 €.
En virtud de lo establecido en el artículo 33 del citado Real Decreto, el importe unitario de los distintos sub-regímenes de ayuda a los agricultores descritos en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014 a percibir por los agricultores que no estén integrados en el Régimen simplificado de Pequeños Agricultores, se ha determinado teniendo en cuenta la dotación presupuestaria de cada una de ellos, una vez descontada la parte de la dotación que se ha incorporado al citado régimen simplificado en 2018.
En la presente campaña 2018, el número de hectáreas determinadas asciende a 391.886,47 Hectáreas, según se desglosa a continuación por comunidades autónomas, lo que supone que el importe unitario definitivo de la ayuda queda fijado en 30,090265 €/Ha.
Región Insular
La dotación presupuestaria para la campaña 2018 queda establecida en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014 y asciende a 1.044.000 €.
En virtud de lo establecido en el artículo 33 del citado Real Decreto, el importe unitario de los distintos sub-regímenes de ayuda a los agricultores descritos en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014 a percibir por los agricultores que no estén integrados en el Régimen simplificado de Pequeños Agricultores, se ha determinado teniendo en cuenta la dotación presupuestaria de cada una de ellos, una vez descontada la parte de la dotación que se ha incorporado al citado régimen simplificado en 2018.

Respecto la campaña 2018, el número de hectáreas determinadas asciende a 14.869,76 Hectáreas, según se desglosa a continuación por comunidades autónomas, lo que supone que el importe unitario definitivo de la ayuda queda fijado en 61,321928 €/Ha.

 

Estos importes unitarios definitivos se deberán aplicar, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con el importe unitario provisional, calculado el pasado mes de octubre.

Por lo tanto, con estos importes unitarios definitivos, se comunica que ya es posible proceder al pago del 100% del importe total a abonar para los citados regímenes de ayuda.

 

Fuente: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN